Entre las novedades legislativas que se produjeron a finales de 2015, el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana (Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre) situó en lugar muy destacado la conexión entre el tradicional derecho urbanístico y el más técnico derecho de la edificación, que había modernizado la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Aquella conexión se produce en un contexto en el que ambos sectores se han llenado de preocupaciones que van más lejos de la simple seguridad, higiene, salubridad, ornato o calidad, y abarcan la preocupación por la eficiencia energética, la accesibilidad universal, la sostenibilidad del proceso edificatorio y los desarrollos urbanos.
En la asunción y práctica de los nuevos valores, un papel no menor corresponde a los profesionales, y por ello la exposición se dirige fundamentalmente a la formación universitaria de quienes intervienen en este ámbito, aunque otras decisiones normativas (seguramente influidas por un potente lobby sectorial) parezcan marchar en dirección opuesta: Así, el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, establece un raquítico régimen para el autoconsumo energético. Decisión absolutamente capital que condiciona, en no poca medida, el modo en que se diseña la edificación y cómo esta puede contribuir a la consecución de aquellos valores.