En la última década, el desarrollo legislativo y la modernización de la Justicia reflejan un interés expreso en regular y promover la mediación desde la vía judicial, tanto en asuntos civiles como mercantiles, laborales o penales. Simultáneamente a esta actitud, promotora de los procesos autocompositivos de gestión de conflictos, la normativa es contundente al establecer límites a la mediación en casos de violencia de género, de violencia doméstica o en cualquier situación de desigualdad o desequilibrio de poder entre las partes. Desde la perspectiva más ortodoxa se sigue defendiendo que la mediación no es efectiva en situaciones de asimetría, así como la obligatoriedad indiscutible de la imparcialidad y neutralidad de la persona mediadora. Sin embargo, la defensa a ultranza de tales planteamientos lo que hace es limitar y condicionar las posibilidades de la mediación. Tanto en la revisión teórica del tema como en el trabajo empírico contenido en el presente libro, se ofrecen nuevas perspectivas, en las que se avala la posibilidad de una "no neutralidad" y una parcialidad equilibrada.